La Ordenanza N° 62 establece la prohibición de circulación de vehículos con caños de escape libres que superen los 65 decibeles. Ante la infracción, se procede a la retención del rodado, el decomiso del caño de escape y, cumplidos los plazos correspondientes, su destrucción definitiva. Esta medida busca garantizar el cumplimiento de la normativa y desalentar conductas que afectan la convivencia ciudadana.
El principal objetivo de la ordenanza es minimizar la contaminación sonora, una problemática que impacta directamente en la calidad de vida de la comunidad. En particular, los ruidos excesivos generan consecuencias significativas en niños y niñas con Trastorno del Espectro Autista (TEA), quienes presentan una alta sensibilidad auditiva y sufren de manera intensa este tipo de estímulos sonoros.
Desde el Municipio se reafirma el compromiso con el cuidado del ambiente, el respeto por el descanso de los vecinos y la protección de las personas más vulnerables. En ese sentido, se convoca a la comunidad a actuar con responsabilidad y empatía, comprendiendo que el cumplimiento de las normas no es solo una obligación legal, sino un acto de solidaridad.
La construcción de una ciudad más inclusiva y respetuosa depende del compromiso colectivo. Respetar los límites sonoros es cuidar al otro.
