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  • No habrá cortes de servicios por mora hasta fin de año

    El Poder Ejecutivo prorrogó hasta el 31 de diciembre la prohibición de cortar los servicios públicos por falta de pago de las facturas, según el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 756/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial.

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    El Poder Ejecutivo prorrogó hasta el 31 de diciembre la prohibición de cortar los servicios públicos por falta de pago de las facturas, según el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 756/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial.

    Los prestadores de servicios alcanzados son energía eléctrica, gas por redes, agua corriente telefonía móvil o fija, internet y TV por cable.

    En este sentido, el Gobierno Nacional dispuso que las empresas "no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios y las usuarias indicados en el artículo 3°, en caso de mora o falta de pago de hasta siete facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1° de marzo de 2020".

    De esta manera el Decreto 756/20 reemplaza al 311/20 que disponía que las empresas prestadoras no podrían suspender o cortar de los servicios públicos en caso de mora o falta de pago y cuyos vencimientos hubieran operado a partir del 1° de marzo de 2020.

    Esta disposición alcanza a beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo y Asignación por Embarazo, a quienes perciban Pensiones no contributivas, a usuarios inscriptos en el regimen del Monotributo Social, a jubilados y pensionados que perciban una remuneración menor o igual a dos salarios mínimo vital y móvil.

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